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Actualizado el 10 de octubre de 2026. El 5 de octubre el Ministerio de Hacienda anunció que prevé aplazar Verifactu a octubre de 2028, para que coincida con la factura electrónica obligatoria de las empresas que facturan hasta 8 millones de euros. Hasta que se publique la norma en el BOE siguen vigentes las fechas de 2027, y los requisitos técnicos no cambian.

Verifactu es el sistema con el que la Agencia Tributaria quiere garantizar que las facturas no se puedan manipular una vez emitidas. Afecta a cualquier empresa o profesional que facture con un programa informático, y tiene fecha. En este artículo resumimos qué exige, a quién afecta y qué conviene hacer en los próximos meses.

En resumen

  • Verifactu obliga a que el programa de facturación registre cada factura de forma encadenada e inalterable, con un código QR que el cliente puede verificar.
  • Fechas vigentes: 1 de enero de 2027 para las sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de contribuyentes. Hacienda prevé aplazarlas a octubre de 2028, junto con la factura electrónica.
  • Cambiar de sistema de facturación lleva meses. Conviene empezar con margen y aprovechar el cambio para ordenar la gestión.

Qué exige Verifactu

El Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023 establece los requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación: integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. En la práctica, cada factura genera un registro encadenado con el anterior, con una huella digital y un código QR que el cliente puede verificar.

El software puede funcionar de dos maneras: como sistema de emisión de facturas verificables, que envía los registros a la Agencia Tributaria en el momento de emitirlos (la modalidad Verifactu propiamente dicha), o como sistema que conserva los registros firmados para presentarlos cuando se le requieran. La primera es la que recomienda la Agencia Tributaria y la que exime de algunas obligaciones de conservación.

A quién afecta y desde cuándo

El Real Decreto-ley 15/2025 fijó el calendario vigente:

  • 1 de enero de 2027 para las sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de contribuyentes.

El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda comunicó que prevé aplazar estas obligaciones hasta octubre de 2028, para hacerlas coincidir con la factura electrónica obligatoria entre empresas (Real Decreto 238/2026): octubre de 2027 para quien factura más de 8 millones de euros al año y octubre de 2028 para el resto. Mientras no se publique la norma, las fechas que obligan son las de 2027. Lo tenéis resumido en nuestra página de plazos de Verifactu y diagnóstico gratuito.

Quedan fuera las empresas que ya presentan el Suministro Inmediato de Información (SII), las que tributan en el País Vasco y Navarra, que tienen su propia normativa foral, y quienes facturan exclusivamente a mano, sin ningún programa. La prohibición del llamado software de doble uso, el que permite llevar una contabilidad paralela, ya está en vigor y se sanciona con independencia del calendario.

Por qué no conviene esperar

El calendario se ha aplazado varias veces y Hacienda ya prevé moverlo a octubre de 2028. Pero el aplazamiento mueve la fecha, no el tiempo que necesita una empresa para cambiar de sistema de facturación. Una migración de ERP lleva meses: análisis de procesos, migración de clientes, productos e históricos, formación del equipo y un periodo de pruebas. Y cuando la fecha se acerque, todos los proveedores estaremos saturados.

Hay una segunda razón. Muchas empresas se plantean resolver Verifactu con un parche sobre su programa actual. Funciona para el trámite, pero deja a la empresa con el mismo sistema que no da más de sí. Si el programa de facturación tiene más de diez años, no se integra con nada y obliga a copiar datos a mano, la obligación legal es una buena ocasión para plantear el cambio completo.

Cómo lo resolvemos con Odoo

Como partner oficial de Odoo, implantamos el ERP con la facturación preparada para Verifactu, el SII y la factura electrónica, y planificamos el proyecto por fases para que facturación y contabilidad estén operativas con margen antes de la fecha. El resto de módulos (ventas, compras, inventario, proyectos, servicio técnico) se incorpora después, al ritmo de la empresa.

Y una vez el ERP está implantado y el dato limpio, conectamos encima nuestros agentes de inteligencia artificial, que consultan stock, pedidos y facturas y responden a los clientes por voz, WhatsApp o web. Es lo que diferencia nuestra implantación de la de cualquier otro partner.

Si queréis saber cómo os afecta Verifactu y cuánto tiempo necesitaríais para la migración, pedid vuestro diagnóstico gratuito. También podéis leer más en nuestra página sobre Verifactu con Odoo.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que cambiar de programa de facturación?

Solo si vuestro programa actual no estará adaptado a tiempo. Preguntad a vuestro proveedor si emitirá facturas verificables y en qué fecha. Si la respuesta no es clara, o el programa ya se os queda corto, es el momento de valorar la alternativa.

¿Qué ocurre si facturo con una hoja de cálculo o un procesador de textos?

La Agencia Tributaria ha indicado que los programas de uso general empleados para emitir facturas tienen la consideración de sistemas informáticos de facturación y, al no garantizar la inalterabilidad de los registros, no cumplen los requisitos. Habrá que pasar a un programa adaptado.

¿Qué relación tiene con la factura electrónica?

Son dos obligaciones distintas: Verifactu garantiza que las facturas no se alteran y la factura electrónica obliga a intercambiarlas entre empresas en formato electrónico. Hacienda quiere que lleguen a la vez, así que lo sensato es preparar la facturación una sola vez para las dos.

¿Qué sanciones prevé la ley?

La Ley General Tributaria, tras la reforma de la Ley 11/2021, contempla multas de hasta 50.000 euros por ejercicio para quien utilice programas que no cumplan los requisitos, además de las sanciones a los fabricantes de software.

¿Cuánto margen tenéis?

Revisamos vuestra facturación actual y os decimos, sin compromiso, qué tendríais que cambiar y cuánto tiempo necesitaríais para hacerlo con tranquilidad.

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